sábado, 18 de febrero de 2012

DISCIPLINA LABORAL

            Me visita un compañero de la Diputación Provincial de Cádiz que trae un pequeño opúsculo parecido al de las coplas de Carnaval del pasado siglo, me dice que es un borrador de las normas que la Corporación va a disponer próximamente para regular su actividad laboral interna.
            Comienza su lectura y empiezo a sentir escalofríos. La empresa impondrá a su personal unas prohibiciones tan caprichosas y arbitrarias como el faltar al respeto a los compañeros, la ineptitud, la impuntualidad o “la disminución voluntaria y continuada del rendimiento normal”.
            A medida que sigue leyendo el estupor comienza a transformarse en indignación, no sólo se va a exigir a todo el personal que trabaje, sino que le exigirá “que no abandonen su trabajo hasta el momento” de salida, incluso llega en su osadía a obligar a los responsables de algún desaguisado administrativo a “indemnizar a la empresa de los daños y perjuicios que por su culpa ocasione a la misma”.
            Todo ello se acompaña con un régimen de sanciones propio de un campo de concentración. Así se castigarán actitudes tan normales como “el descuido”, el “no ser puntuales” o la “poca actividad en el trabajo”. ¿Acaso pretende que personas que llevan años sin trabajar o trabajando “a su aire” comiencen a practicar alguna actividad sin una preparación mental previa? ¿Quiere aumentar la estadística de bajas por depresión?
            No sólo se propone premiar actitudes tan ñoñas y fuera de lugar como “la conducta ejemplar”, “la laboriosidad constante” o “el rendimiento notable”, sino que también quiere castigar “la negligencia” y amenaza con rechazar “todo trabajo que no llene las condiciones estipuladas o que no esté conforme con las instrucciones dadas para su ejecución” cuyo autor “será amonestado por escrito a causa de su ineptitud”. ¿Pretende, por poner un ejemplo no infrecuente, amonestar por escrito a un licenciado, o licenciada, en Derecho que desconozca la existencia de las leyes y que éstas nos obligan a respetarlas y a cumplirlas? ¿Le quitará su jefatura o lo mandará a que comience a estudiar de nuevo esta carrera? ¡Esto es de locura!
            Pero lo que más me indignó fue escuchar el procedimiento tan anormal que pretende implantar para los ascensos y que me cuesta transcribirlo textualmente “Para ascender a una categoría superior será necesario que exista vacante y acreditar la capacidad y aptitud por medio de examen ante un tribunal”. ¿Cabe mayor injusticia? ¿Acaso pretende que los ascensos se hagan como exige la Constitución de 1978? ¿Si a muchos no se les exigió los requisitos de mérito y capacidad para su acceso a la administración pública cómo se les va a exigir ahora para ascender dentro de ella? Con lo bonito, fino y elegante que resulta que “todos los cargos y nombramientos” se hagan “a deo” como cantaba el coro de “Los Dedócratas”.
Cuando estoy a punto de estallar mi amigo me tranquiliza, se trataba de una broma de mal gusto, me estaba leyendo el “Reglamento de Régimen Interior de la Factoría de Matagorda de la Sociedad Española de Construcción Naval” impreso en Cádiz en 1943.
Mientras mi espíritu se serena me doy cuenta de mi ingenuidad porque ¿en qué cabeza cabe pensar que se puedan aplicar normas de un reglamento antiguo y fascista de la primera mitad del siglo XX en una Corporación moderna y democrática de la primera mitad del siglo XXI?
Pido humildemente perdón por ser tan mal pensado.

  
           
 

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