Qué cosas tan curiosas ocurrían en la Diputación Provincial de Cádiz en el siglo XIX, vean si no este acuerdo que se adoptó en la sesión plenaria de 18 de enero de 1856, sacado del Libro de Actas de ese año:
“Punto 59.- Advirtiendo los Señores Diputados que algunos de los empleados de esa Secretaría dejan de asistir constantemente a las horas y días marcados en el reglamento interior, preguntóse al Señor Secretario si el servicio público sufría algún retraso por esta causa y si las faltas se hacían con su permiso. Contestando que ningún retraso había en el primero y que no siempre tenía aviso previo de esas faltas de concurrencia, se acordó por la Diputación que, estando vigente el reglamento interior que rige en la Secretaría, el Secretario haga que se cumpla en todas sus partes; y que siendo el Jefe el responsable de la dependencia, a él toca fijar las reglas que más conveniente considere para el servicio de la misma, amonestando o haciendo amonestar al remiso o poco obediente y dando parte a la Corporación si reincidiese, para en tal caso adoptar la medida que mejor estime.”
¡Qué informales eran nuestros tatarabuelos!
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